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jueves, 14 de julio de 2022

EL CONTRATO SOCIAL EN HOBBES, LOCKE, SPINOZA Y ROUSSEAU


Resultat d'imatges de rousseau, spinoza y locke

Resultat d'imatges de spinoza

Escrito por Luis Roca Jusmet

  Thomas Hobbes ( 1588-1679 ) Es el inventor de la teoría del contrato social y, por tanto, del Estado de derecho. Inicia la teoría de la soberanía popular, en la que son los ciudadanos se constituye a partir de la comunidad política que surge a partir del contrato social. Este pacto constituye a los ciudadanos en la medida en que aceptan renunciar a la libertad natural a cambio de seguridad. Es el Estado el que garantiza esta igualdad de derechos exigiendo el cumplimiento de las leyes. Hobbes no es un defensor del absolutismo porque la soberanía no la tiene el monarca, la tienen los ciudadanos. Pero la delegan en el estado, que puede gobernar de manera monárquica, oligárquica o democrática, según la diferencia establecida por los antiguos.
Locke y Spinoza son dos generaciones posteriores a Hobbes.
John Locke (1632-1704) es contemporáneo de Baruch Spinoza ( 1632-1677). Desde los manuales de filosofía se presenta a Spinoza y a Locke como los representantes de dos corrientes filosóficas opuestas : el empirismo y el racionalismo pero los manuales sirven bien poco para aclarar. Según parece no mantuvieron ninguna relación, ni directa ni epistolar. El único enlace indirecto podía ser Leibnitz, que se interesó por Spinoza y que mantuvo un debate público con Locke. 
  El contrato social de Spinoza no es visto como una confrontación con lo natural, como en el caso de Hobbes. Spinoza lo entiende como una transformación de lo natural en la que el derecho natural se transforma en ley. Aporta además su agudo análisis antropológico y una idea de la democracia como cooperación. Reivindica la democracia como el sistema más acorde con el contrato social. Recordemos que democracia se identifica con "gobierno plebeyo o gobierno de pobres". Es Spinoza el que le da un sentido mucho más amplio de participación ciudadana.
 John Locke parte de la idea de que el hombre nace con unos derechos naturales. El contrato social y el estado son los que permiten garantizar el derecho natural ( otorgado por Dios) a la propiedad ( de la vida, la libertad y los bienes). Locke no habla de democracia porque nunca defendería un gobierno plebeyo. Él quiere un gobierno representativo de los propietarios ( los únicos libres) que delegan su representación en un Parlamento que los representa. Incluso defiende el derecho a la rebelión si el estado no cumple su función. Cumple así un papel ambivalente. Por una parte sentará las bases para una democracia liberal y por otra será un claro defensor de los intereses de la burguesía naciente. 
 Ni Spinoza ni Locke son capaces, de todas maneras, de dar un carácter universal a la plena ciudadanía. Ni por supuesto Hobbes. Los dos excluyen a las mujeres. Locke también a los obreros, por su posición de clase. Spinoza no lo hará.
 Pero crean las condiciones para la universalización, que no deja de ser la consecuencia lógica del planteamiento consecuente de la ciudadanía, el contrato social y el Estado de derecho.
 Interpretaciones muy parciales han convertido a Spinoza en un defensor de la democracia radical y a Locke en un ideólogo del capitalismo. Ni lo uno ni lo otro. Ciertamente que Locke es un propietario que está muy preocupado en hacer de la propiedad lo que el Estado debe garantizar. Pero para Locke la propiedad tiene una dimensión más amplia y más social que la que entiende hoy el liberalismo. Locke es, avant-la-lettre, un defensor de un liberalismo amplio.
 Jean-Jacques Rousseau  ( 1712-1778) es un par de generaciones posterior a ambos
Parece que, aunque no lo explicitara, Rousseau pudo haber estado influenciado por Spinoza. No se conoce ni se deduce que Locke tuviera ninguna influencia sobre él. Lo cierto es que Rousseau mantuvo una relación compleja con Hume, perteneciente a la misma tradición que Locke. Rousseau defenderá una teoría del contrato social no basado en los derechos individuales de los ciudadanos sino en lo que llama la voluntad general. En este sentido el ciudadano no se entiende en un sentido invidual sino comunitario. Es la soberanía nacional, en la que nacional es una entidad superior a la de la suma de los ciudadanos. 
  Spinoza y Rousseau  no plantean una ruptura tan radical como en Hobbes entre el derecho natural y la ley, lo que les lleva a entender que la libertad natural no se niega sino que se transforma en libertad política.  Hay una posición común cuando formulan la idea de una comunidad política que tiene una fuerza propia, Es decir, una concepción del Estado que no se reduce a proteger lo privado, que es capaz de dar el salto de lo privado a lo público, al bien común.
 Pero, más allá de su carácter contractualista y de otras similitudes que los separan de Hobbes, hay entre Spinoza y Rousseau diferencias radicales.

lunes, 25 de diciembre de 2017

PIERRE MACHEREY : SPINOZA CONTRA HOBBES

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Escrito por Luis Roca Jusmet

 En 1990, el filósofo francés Pierre Macherey (1938) publica en el libro Michel Foucault, filósofo un texto que titula "Por una historia natural de las normas". En el texto Macherey llega a Spinoza y desde allí plantea lo que él considera la crítica que éste realiza a Thomas Hobbes. Aceptando la influencia de Hobbes sobre Spinoza la diferencia sería radical en un punto crucial. 
 Para Hobbes el Estado es una defensa artificial del hombre contra la naturaleza, el hombre está naturalmente dominado por una pulsión agresiva que lleva a una guerra de todos contra todos. La norma-ley que instaura el Estado es una protección del hombre contra sí mismo. Es una concepción totalmente jurídica de la norma, que limita y prohíbe. Los humanos, a través del contrato social, transfieren su soberanía al Estado para que los proteja de sí mismo y de los otros. La norma trasciende lo natural y lo supera a través de la negación de lo natural, teniendo como resultado lo social. Macherey señala que Toni Negri tiene razón cuando ve en este proceso un anticipo de la dialéctica hegeliana. 
 En Spinoza la norma es una expresión de la Naturaleza. La norma social-ley no se contradice con la norma natural sino que es una derivación. Es decir, que la norma social es la manera como se manifiesta en los humanos la norma natural. Y la norma tiene entonces un sentido biológico y positivo de regulación. La norma es más productiva que represiva. Es la potencia que se manifiesta, que genera conflictos y normas para resolverlos. Pero desde sí misma, no desde una autoridad externa. 
 Para Hobbes la política se basa en una antropología donde lo esencial es el miedo a morir como motivación. Hay aquí, añado yo, un trabajo interesante para ver como se relaciona este planteamiento con lo que posteriormente será la dialéctica del amo y el esclavo en Hegel.
Para Spinoza los afectos forman parte de la naturaleza.Las leyes humanas son entonces una formulación del derecho natural donde vence la mayor potencia. Las leyes regulan la potencia humana que se manifiesta en los afectos de la mejor manera posible. Aquí entra entonces la influencia de Hobbes y su teoría del Estado como contrato social. Un acuerdo a través del cual el Estado garantiza la igualdad de derecho, la universalidad del derecho. Pero no solamente como coacción sino también como cooperación. 
Las normas no son trascendentes a lo natural sino son inmanentes.
 Otro aspecto interesante es que en este punto Macherey reconoce la influencia de Spinoza sobre Foucault. En el sentido inmanente y productor, biológico y no jurídico, de la norma. Tanto en el saber como en el poder.

sábado, 2 de diciembre de 2017

TEORÍA POLÍTICA DE SPINOZA ; EL PLANTEAMIENTO DE STEVEN B. SMITH


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Escrito por Luis Roca Jusmet

 La influencia de Hobbes sobre Spinoza existe, aunque desde determinados planteamientos se haya minimizado o maximizado. Esta polémica traspasa el interés académico para entrar en un interesante debate político. Voy a analizar criticamente la postura de Steven B. Smith, autor de el libro Spinoza y el árbol de la vida, que insiste sobre todo en las diferencias entre ambos.
 Steven B. Smith mantiene en que la primera diferencia entre Hobbes y Spinoza es que para el primero la soberanía se delega en el Estado y en el segundo se mantiene en la sociedad civil, en el poder colectivo, que ha de ser necesariamente democrático. No es, para Spinoza,que la sociedad civil delegue la soberanía en el Estado, sino que la propia sociedad civil es el Estado. Hobbes contempla las tres posibilidades pero se orienta más hacia la monárquica. La segunda diferencia es respecto al fin. Para Hobbes el Estado tiene como fin garantizar la paz y la seguridad impidiendo cualquier acción que interfiera en los derechos del otro. Uno puede hacer todo lo que le permitan las leyes, pensadas en términos de prohibición. Para Spinoza el Estado no solo cumple una función negativa de impedir determinados actos sino también la función positiva de crear las leyes. Considera que Hobbes está contra el republicanismo neoromano de maquiavelo, recogido por Maquiavelo. Dicho en los términos de Isaac Berlín, que Hobbes defiende la libertad negativa de los modernos mientras que Spinoza defiende sobre todo la libertad positiva de los antiguos. Liberalismo autoritario de Hobbes frente a republicanismo democrático de Spinoza.
En este sentido Hobbes rechaza la democracia deliberativa y asamblearia porque considera que, al no tener los ciudadanos suficiente formación política, son pasto de la demagogia.Los que manejan las asambleas lo que hacen es seducir, no argumentar. Gana la retórica, no la verdad. Para Hobbes la sociedad y el estado son los remedios a la naturaleza humana. Para Spinoza la sociedad surge para aumentar la libertad de todos a través de la cooperación. El hombre libre, el hombre sabio, participa en la elaboración de las leyes y las obedece libremente porque es capaz de entender su racionalidad.
 Me parece que Smith se equivoca. En primer lugar porque hay una ruptura de Hobbes con respecto a la teoría política anterior ( incluida la de Maquiavelo), como explica muy bien Felipe Martinez Marzoa ( lo trataré en el próximo post ). En este sentido no me parece que lo que propone Spinoza sea una vuelta a la libertad de los antiguos ( según la distinción que formula Benjamin Constand y que recoge Isaac Berlín). De hecho. el filósofo político contemporáneo Philip Pettit, plantea el carácter problemático de esta distinción, reivindicando la idea de libertad como no-dominación. Pero aunque Pettit se defina como republicano no deja de ser un liberal porque es un moderno. Esto quiere decir que, aunque consideremos a Spinoza como republicano será un liberal republicano porque parte de la idea moderna de Hobbes y no de la relativamente antigua de Maquiavelo, que es evidente que también le ha inlfuido. Porque la idea de Spinoza, igual que la de Hobbes, es la del contrato social, por mucho que lo nieguen los althusserianos. Porque el Estado surge como constitución de la sociedad civil basada en el contrato social que establece el estatuto universal de la ciudadanía, es decir el sujeto de derechos y deberes. El Estado de derecho se constituye entonces como garantía de los derechos y libertades. Es decir, garantiza los derechos de los ciudadanos a cambio de que estos respeten las leyes.

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